
ROJI ABOGADOS dispone de formación especializada en el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (conocido popularmente como “plusvalía municipal”), que gestionan y recaudan los Ayuntamientos cuando se produce una transmisión inmobiliaria, ya fuere por compraventa, herencia, donación o cualquier otro título sujeto al impuesto.
La Sentencia del Tribunal Constitucional de 26 de octubre de 2021 declaró la inconstitucionalidad y nulidad de determinados preceptos de la normativa reguladora de la plusvalía municipal, lo que se unió a las anteriores sentencias del mismo Tribunal Constitucional y a las numerosas casaciones dictadas por el Tribunal Supremo. De igual forma, se abrió un nuevo panorama legislativo con la aprobación del Real Decreto-ley 26/2021, de 8 de noviembre, que adaptó el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales al fallo del Tribunal Constitucional, si bien de forma precaria y con incertidumbres jurídicas.
En consecuencia, las posibilidades de recursos, devoluciones de ingresos indebidos o reclamaciones de diversa índole se han abierto en múltiples frentes. Teniendo en cuenta que las cuotas del impuesto pueden alcanzar importes significativos, que afectan a familias y empresas, la atención jurídica especializada puede ahorrar miles de euros o conseguir la devolución de los mismos.
En caso de haber pagado una autoliquidación o liquidación por el concepto de “plusvalía municipal” en los últimos años, o haber recibido una notificación exigiendo el pago, pida una cita con nuestro despacho y plantéenos su caso. Lo estudiaremos, teniendo en cuenta la singularidad de cada Ayuntamiento, y le plantearemos las posibles acciones que puede emprender para evitar el pago, reducirlo o conseguir la devolución de lo pagado.
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