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Hay un artículo en nuestro código civil que no es utilizado en muchas ocasiones ante la preeminencia de la planeación de los contrato por escrito; y hablamos del art. 1.287,. Según éste, el uso o la costumbre del país se tendrán en cuenta para interpretar las ambigüedades de los contratos, supliendo en éstos la omisión de cláusulas que de ordinario suelen establecerse. Y, en nuestro caso en concreto y con base en el mencionad artículo, se trata de complementar el contenido contractual (contrato de obra existente entre las partes -arquitecto y promotora-), vía integración, entendiendo que el uso constante de las partes en sus relaciones contractuales era la inclusión de la cláusula de desistimiento sin indemnización.

Nos encontramos con que entre el arquitecto y la promotora, existieron dos contratos anteriores donde se había incluido el desistimiento sin indemnización. En el borrador de encargo se incluyó dicha cláusula, no habiéndose firmado por el demandante (Arquitecto). Con posterioridad a dicho borrador de encargo se encomendó al arquitecto un estudio de detalle relacionado con la misma obra, el anteproyecto de uno de los edificios y modificaciones al anteproyecto. Por lo que ante el desestimiento posterior de la promotora, el arquitecto reclama un indemnización con base en el art. 1.594 del CC.

Sin embargo se desestima su reclamación con base al uso entre las partes, con fundamento en el art. 1.287 CC, que como ya hemos indicado, generalmente se incluía una cláusula de desistimiento sin indemnización. Para ampliar la información podéis echar un vistazo a la sentencia del TS, núm. 378/2016 de 3 junio..

 

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