La Audiencia de Barcelona ha condenado a un conductor borracho a dos años y medio de cárcel por atropellar mortalmente a un transeúnte cuando estaba terminando de cruzar un paso de peatones de Manresa (Barcelona) en agosto de 2010.
Tras revisar los recursos de la Fiscalía y la defensa, el juez ha determinado que los hechos son constitutivos de un delito de imprudencia grave con la atenuante de embriaguez y otro contra la seguridad vial, reza la sentencia.
Bonifacio G.S., español vecino de Cardona (Barcelona) de 49 años y con antecedentes penales, conducía por la calle Amadeu Vives, cuando a las 21.30 horas, arrolló a Juan Manuel M., que murió a causa de un traumatismo craneoencefálico y policontusiones.
El conductor dio entonces positivo al control de alcoholemia con 0,47 miligramos por litro de aire aspirado, además de tener aliento a alcohol, problemas de locuacidad, variaciones súbitas del comportamiento y del estado de ánimo, habla titubeante y pastosa, reflejos lentos e imprecisos sin tener una clara apreciación de las distancias, detalla la sentencia.
La defensa del acusado alegó que su cliente circulaba a una «velocidad moderada» al ir a 30 kilómetros por hora, y argumentó que caía una importante lluvia torrencial en el momento de los hechos, lo que ha quedado descartado porque llovió después del suceso.
En la sentencia, el juez también destaca que el hombre reconoció en el interrogatorio que había mezclado alcohol con la ingesta de medicamento, lo que «puede potenciar sus efectos».
De hecho, explica que había una perfecta visibilidad en ese tramo de calle y que el conductor ni siquiera se fijó que en el paso de peatones no había semáforos, «lo que unido a la tasa de alcohol que presentaba conduce a concluir que el atropello acaeció a causa de la afectación de los reflejos del acusado».
Así pues, da por probado que, a consecuencia del consumo de bebidas, sus reflejos fueron «lentos e imprecisos» y que no tenía una clara apreciación de las distancias».
La sentencia responde a los recursos de sendas partes en los que, mientras el letrado defensor pedía la libre absolución del acusado, el Ministerio Fiscal exigía imponer hasta cuatro años de prisión.