DECLARACIÓN HEREDEROS

Roji Abogados, con más de 25 años de experiencia, está especializado en Dº Sucesorio, Herencias y Testamentos. Preparamos testamentos y acometemos Declaraciones de Herederos Ab Instestato o sucesión Testada. Renuncias, aceptación, adjudicaciones y particiones de Herencias.

IMPUGNACIÓN DE TESTAMENTOS

Si cree que el testamento que dejó el causante es nulo (vicios en el consentimiento), que vulnera su legítima, que la causa de desheredación es ilegítima, o que le han preterido Si cree que el testamento que dejó el causante es nulo (vicios en el consentimiento), que vulnera su legítima, que la causa de desheredación es ilegítima, o que le han preterido (omitido) como heredero forzoso; emprendemos acciones judiciales para impugnar el mismo y declarar su nulidad.

TODOS LOS TRÁMITES Y GESTIONES

Nos encargamos de todos los trámites de su herencia (certificado defunción, preparación minuta notaría, acciones judiciales, preparación de cuadernos particionales, liquidación de impuestos, representación en Juzgado y Notaria, solicitud de prórrogas, inscripción registro de la propiedad).

LEGÍTIMAS

Reclamación de legítimas de hijos, cónyuges y padres. Colación de bienes donados, regalados o “distraídos” del caudal hereditario.

LEGADOS

Reclamación a herederos de Legados de cosa específica o genérica. En perjuicio de Legítima. Legado de inmueble.

FIDUCIAS USUFRUCTOS

Sucesión Fiduciaria, Fideicomiso Testamentario. Usufructo vitalicio de cónyuge o terceros

ALBACEAS CONTADORES

Supervisamos las operaciones de división de herencias de albaceas, contadores y partidores.

HEREDEROS 

Sucesión Universal de Derechos y Obligaciones. Reclamación de Herencias, Localización de bienes, representación.

BENEFICIO INVENTARIO

Aceptación de la Herencia hasta donde alcance patrimonio del causante. Liberación de deudas.

COMPAÑÍA SEGUROS

Seguros de vida. Cobro y Reclamaciones a compañías de seguros y entidades bancarias.

PENSIONES

Tramitación de Pensiones de Orfandad y viudedad. Reclamación de pensiones compensatorias y alimentos.

PLAZO PARA ACEPTAR O RENUNCIAR A LA HERENCIA

La aplicación por analogía el plazo de prescripción de la acción para reclamar la herencia (30 años), ha determinado que igualmente el plazo para aceptar la herencia sea de treinta años. Un tercero podría instarle para que la acepte o la repudie conforme al artículo 1.005 del Código Civil. Para la aceptación a Beneficio de Inventario tendrá un plazo de 30 días si están en posesión de los bienes de la herencia.

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