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La Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha emitido un fallo de relevancia en un reciente caso de despido que involucra a un trabajador de una fábrica alimentaria. En esta decisión, el tribunal ha confirmado la improcedencia del despido y ha condenado a la empresa a tomar medidas específicas en respuesta a esta situación. (Puede consular la resolución judicial aquí).

Los hechos probados en la sentencia pintan un cuadro claro de la situación. El trabajador en cuestión había desempeñado sus labores en una fábrica alimentaria desde 2004, principalmente encargándose del llenado de bidones y de su transporte utilizando una carretilla.

La historia toma un giro cuando, en diciembre de 2021, el trabajador se vio obligado a tomar una baja médica debido a una enfermedad común, en este caso, una patología lumbar que le causaba dolor. Esta baja se extendió hasta mediados de marzo del año siguiente, aunque según un informe pericial emitido por la fisioterapeuta que lo estaba tratando, el trabajador ya estaba en proceso de recuperación y prácticamente listo para regresar al trabajo en febrero-marzo de 2022. Este punto ha resultado fundamental en el enjuiciamiento de este caso.

Sin embargo, la controversia surge cuando se revela que, durante los días 8, 9 y 15 de febrero de 2022, el trabajador visitó la vivienda de su suegro, donde se estaba llevando a cabo una reforma. Durante su estancia, el trabajador se implicó activamente en diversas tareas relacionadas con la obra, como la compra de material, su traslado, la carga y descarga de dicho material, la instalación de maquinaria, trabajos de instalación eléctrica, e incluso el uso de herramientas.

La empresa, en respuesta a esta situación que fue conocida por la intervención de un detective privado, tomó la drástica medida de despedir al trabajador. Su argumento central se basó en la alegación de que el empleado había quebrantado la buena fe y la lealtad recíproca entre él y la empresa. Afirmaron que había simulado su incapacidad y, además, había realizado tareas que consideraban incompatibles con su situación de incapacidad temporal.

No obstante, el tribunal, en su sabio discernimiento, dictaminó que las actividades emprendidas por el trabajador durante su visita a la vivienda de su suegro no demostraban de manera evidente que hubiera perturbado su proceso de recuperación o que hubiera puesto en peligro su salud. Esto es crucial, ya que el trabajador se encontraba en la etapa final de su recuperación y prácticamente había superado su patología lumbar. En consecuencia, el tribunal concluyó que no se podía confirmar la existencia del quebranto de la buena fe contractual en la que se basaba la causa del despido.

La sentencia también estableció un principio importante: la buena fe contractual solo se consideraría vulnerada si las actividades realizadas por el trabajador fueran contrarias a su recuperación de la salud. Esto no se corroboró en el presente caso.

En virtud de esta resolución, se ha determinado que el despido fue improcedente. Como resultado, la empresa se enfrenta a dos opciones: readmitir al trabajador en su puesto original con el abono de los salarios de tramitación correspondientes o indemnizarlo con la cantidad de 59.518,20 euros.

Esta sentencia sirve como un recordatorio importante de que los despidos deben basarse en fundamentos sólidos y deben considerar la situación médica y la buena fe de los trabajadores. Los empleadores deben ser cautelosos al tomar medidas drásticas, como el despido, y deben asegurarse de que se ajusten a los principios legales y a los derechos de sus trabajadores, o de otra forma se arriesgan a las consecuencias indemnizatorias correspondientes.

Cada caso debe estudiarse de forma independiente, por ello, desde Roji Abogados le recomendamos que busque asesoramiento jurídico especializado en materia de despidos y reclamaciones laborales. Nosotros podemos atenderle online o presencialmente en nuestra oficina situada en Málaga capital. Pida cita o infórmese sobre nuestros servicios y honorarios en el 952 211 011 o en el 607 202 361, siempre bajo cita previa.

 

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