DESPIDOS

Roji Abogados, con más de 25 años de experiencia, está especializado en Dº Laboral, y asesora a sus clientes (empresas, autónomos y particulares) en todo el ámbito del derecho laboral: despidos, conciliación familiar, ERE y ERTES, excedencias, reducción jornadas, sanciones.

ACOSO LABORAL

Si cree que ha sido objeto de acoso laboral o mobbing, contacte con nuestro despacho. Le proporcionaremos especialistas y medios para la emisión de los correspondientes informes. Tiene derecho a que cese dicha actuación o a extinguir la relación laboral y solicitar la correspondiente indemnización.

INCAPACIDADES

Nos encargamos de todos los trámites para solicitar su incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez. Le proporcionamos periciales para evaluar su caso. Si su incapacidad deriva de accidente laboral no olvide que tiene derecho a un recargo en la prestación del 30 al 50 % por omisión de las medidas de seguridad.

ERTES ERES

Despidos colectivos, suspensión contratos, modificación condiciones laborales.

CONCILIACIÓN FAMILIAR

Reducción, concreción y adaptación de la jornada laboral. Permisos retribuidos. Excedencias.

ACCIDENTES LABORALES

Reclamaciones vía social y penal. Accidentes in itenere. Reconocimiento y recargo de prestaciones.

RECLAMACIÓN SALARIOS

Impago de salarios, extinción relación laboral, tramitación Fogasa, ejecuciones y embargos.

TESORERIA G. SEG. SOCIAL
 

Incapacidad temporal. Impugnación alta médica, Mutuas colaboradoras. Efectos incapacidad.

INSPECCIÓN TRABAJO

Denuncias, procedimiento sancionador, reclamación cotizaciones, prevención

DESPIDOS

Improcedentes, nulos, determinación salario, acumulación de acciones, vulneración de derechos.

PENSIONES

Jubilación, viudedad y orfandad. Asistencia sanitaria. Lesiones permanentes no invalidantes. SEPE.

PLAZO PARA RECLAMAR CONTRA EL DESPIDO

El plazo para demandar por despido es de 20 días hábiles tras la fecha en que se hubiera producido/notificado. Dicho plazo es de caducidad a todos los efectos y no se computarán los sábados, domingos y los
festivos en la sede del órgano jurisdiccional. Usted puede impugnar su despido por ser improcedente o nulo por haber vulnerado un derecho fundamental o disponerlo así la ley. En dicho caso la empresa viene obligada a reincorporarle y abonarle los salarios de tramitación.

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