952 211 011 | 607 202 361

ROJI ABOGADOSROJI ABOGADOS

  • LA FIRMA
    • Team
    • Oficinas
  • SERVICIOS
    • Accidentes y negligencias
    • Herencias y testamentos
    • Familia y divorcios
    • Laboral y despidos
    • Administrativo y urbanismo
    • Inmobiliario y construcción
    • Penal y asistencia al detenido
    • Mercantil y societario
    • Propiedad Intelectual e Industrial
    • Bancario e impagos
  • CONTACTO
  • VIDEOS
  • NOTICIAS
  • ACTUALIDAD
miércoles, 25 septiembre 2013 / Published in LABORAL Y DESPIDOS

La intimidad en el trabajo: un derecho del trabajador

La sentencia del Tribunal Constitucional  de 11 de febrero de 2013 resuelve el recurso de amparo interpuesto contra sentencia dictada por el Tribunal Superior de Andalucía que denegaba la nulidad esgrimida por el recurrente, otorgándole el amparo solicitado, reconociendo su derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal, y declarando la nulidad de la sentencia del TSJ., que desestimó el recurso de suplicación.

 

La cuestión se centraba en unas sanciones impuestas a un trabajador que  fueron  impugnadas ante la jurisdicción toda vez, que la prueba que evidenciaba los hechos  sancionados, se había obtenido vulnerando sus derechos fundamentales, al usar el empleador  las cámaras de video vigilancia instaladas en el centro de trabajo para el control sobre el trabajador y el cumplimiento de sus obligaciones laborales.

 

Por el juzgado de lo social  se admitieron las grabaciones pero no se permitió su visionado en el acto de juicio, resolviendo confirmar dos de las sanciones impuestas quitándole tan solo una de ellas. Ante dicho pronunciamiento ambas partes acudieron a suplicación, aportando el trabajador en esta instancia, la resolución acaecida con posterioridad de la Agencia de Protección de Datos, donde se  decía que la empleadora había infringido la normativa estipulada al efecto. Sin embargo,  el Tribunal Superior de Justicia, confirmó la sentencia del juzgado de lo social.

 

El garante constitucional señala en la sentencia, que hay que partir que las imágenes grabadas en soporte  físico, como en el asunto que nos ocupa, constituye   un dato de carácter personal integrado en el articulo 18.4 CE,  pues el derecho fundamental amplia la garantía constitucional  a los datos que identifiquen  o permitan identificar a la persona, y sirvan para confeccionar su perfil o cualquier otro utilidad, y que en determinadas circunstancia constituya una amenaza para el individuo. Por lo tanto, nos encontramos,   dentro del núcleo esencial del derecho fundamental del 18.4 CE, que de forma notaria se agudiza en la video vigilancia, pues las acciones dirigidas a las   seguridad y vigilancia  no pueden contravenir el derecho fundamental, cobrando en el contrato de trabajo especial importancia al coincidir los espacios físicos sujetos a control con el locus de trabajo.

 

Tal como ha señalado en anteriores sentencias el Tribunal, el derecho del afectado a ser informado de quien posee sus datos personal y con qué fin,  constituye un complemento indispensable del art. 18.4CE, esto es,  la facultad de saber en todo momento quien dispone de esos datos personales y a que uso los está sometiendo. Por dicho motivo, el pleno del TC lo señala como elemento caracterizador de la definición constitucional de art. 18.4 CE.

 

Asimismo, recuerda que se ha venido estableciendo de forma invariable y constante, que las facultades empresariales se encuentran limitadas por los derechos fundamentales, ya que el interés privado del empresario no podrá justificar que el tratamiento de los datos  sea empleado en contra del trabajador  sin información previa, sobre el control laboral puesto en práctica, al no existir razón ni motivo que tolere limitar el derecho de información que integra la cobertura ordinaria del derecho fundamental del art. 18.CE.

 

Por lo que si en principio, el tratamiento de los datos pueda ser lícito y amparado en la en la ley, el control empresarial antes bien, aunque podrá producirse, deberá asegurar también la debida información previa.

 

En el caso en juicio las cámaras de video vigilancia  instaladas reprodujeron la imagen del recurrente y permitieron el control de su jornada de trabajo, captaron su imagen lo que constituye un dato de carácter personal, y se emplearon para el seguimiento de su contrato. Pues bien, el titular  de las mismas, la empleadora, uso para el fin descrito las grabaciones, siendo la responsable del tratamiento de los datos, sin haber informado al trabajador sobre esa utilidad de supervisión laboral asociada a las capturas de su imagen, por lo que vulneró  el art. 18.4 CE.

 

Todo ello no se contrarresta en que existieran distintivos anunciando la instalación u captación de las imágenes al ser necesario una información  previa, precisa, clara e inequívoca a los trabajadores de la finalidad de control de la actividad laboral a la que la captación  podría ser dirigida. Incluso señala la sentencia, que la información debe concretar las características y el alcance del tratamiento  de los datos que se pueda  realizar, es decir,  en qué casos las grabaciones pueden ser examinadas, durante cuánto tiempo y con qué propósito, explicitando muy particularmente que podían utilizarse para la imposición de sanciones disciplinarias por incumplimiento del contrato de trabajo.

 

What you can read next

Despido Colectivo: Requisitos cuantitativos – No existe despido colectivo por cierre de centro de trabajo
Los sindicatos escenificarán su rechazo a los recortes en las mutuas con actos en Madrid y Barcelona
Rechazan la demanda de una empresa que quiso imponer rebajas salariales dos meses después de flexibilizar la jornada

Categories

  • ABOGADO LABORALISTA MÁLAGA
  • ABOGADO MÁLAGA
  • ACCIDENTES Y NEGLIGENCIAS
  • Administrative Lawyer
  • ADMINISTRATIVO Y URBANISMO
  • ATTORNEYS
  • BANCARIO E IMPAGOS
  • Community of Owners
  • COMUNIDADES DE PROPIETARIOS
  • FAMILIA Y DIVORCIOS
  • HERENCIAS Y TESTAMENTO
  • INMOBILIARIO Y CONSTRUCCIÓN
  • LABORAL Y DESPIDOS
  • Labour Lawyer
  • LEGAL ADVICE
  • MERCANTIL Y SOCIETARIO
  • NOTICIAS
  • NOTICIAS > SIN CATEGORIA
  • PENAL Y ASISTENCIA AL DETENIDO
  • PROPIEDAD INTELECTUAL & BLOCKCHAIN
  • Seguridad Social
  • Sin categoría
  • Social Security
  • Uncategorized

Recent Posts

  • ¿Es válido un MASC por correo electrónico como requisito de procedibilidad para la interposición de una demanda?
  • La importancia de los precontratos laborales: Indemnización reconocida a trabajadora por promesa incumplida de contratación
  • Arrendamientos turísticos y su prohibición: claves legales para comunidades de propietarios en 2025
  • NULL DISMISSAL DUE TO WORKER’S BAG SEARCH WITHOUT GUARANTEES
  • DESPIDO NULO POR REGISTRO DEL BOLSO DE LA TRABAJADORA SIN GARANTÍAS

ELEGIR FECHAS

Calle Alameda de Colón, nº 2 -2º D – Málaga
info@rojiabogados.com

952 211 011   /   607 202 361

ROJI ABOGADOS. All Rights Reserved © 2025.

TOP
Usamos cookies en nuestra web para darle una grata experiencia recordardo sus preferencias y visitas repetidas. Pulsando “Aceptar Todo”, consiente a usar TODAS las cookies. Sin embargo, puede visitar "Ajustes de Cookies" para indicar un consentimiento selectivo.
Ajustes de CookiesAceptar todo
COOKIES

Privacy Overview

This website uses cookies to improve your experience while you navigate through the website. Out of these, the cookies that are categorized as necessary are stored on your browser as they are essential for the working of basic functionalities of the website. We also use third-party cookies that help us analyze and understand how you use this website. These cookies will be stored in your browser only with your consent. You also have the option to opt-out of these cookies. But opting out of some of these cookies may affect your browsing experience.
Necessary
Siempre activado
Necessary cookies are absolutely essential for the website to function properly. These cookies ensure basic functionalities and security features of the website, anonymously.
CookieDuraciónDescripción
cookielawinfo-checkbox-advertisement1 yearSet by the GDPR Cookie Consent plugin, this cookie is used to record the user consent for the cookies in the "Advertisement" category .
cookielawinfo-checkbox-analytics11 monthsThis cookie is set by GDPR Cookie Consent plugin. The cookie is used to store the user consent for the cookies in the category "Analytics".
cookielawinfo-checkbox-functional11 monthsThe cookie is set by GDPR cookie consent to record the user consent for the cookies in the category "Functional".
cookielawinfo-checkbox-necessary11 monthsThis cookie is set by GDPR Cookie Consent plugin. The cookies is used to store the user consent for the cookies in the category "Necessary".
cookielawinfo-checkbox-others11 monthsThis cookie is set by GDPR Cookie Consent plugin. The cookie is used to store the user consent for the cookies in the category "Other.
cookielawinfo-checkbox-performance11 monthsThis cookie is set by GDPR Cookie Consent plugin. The cookie is used to store the user consent for the cookies in the category "Performance".
CookieLawInfoConsent1 yearRecords the default button state of the corresponding category & the status of CCPA. It works only in coordination with the primary cookie.
PHPSESSID6 days 23 hoursThis cookie is native to PHP applications. The cookie is used to store and identify a users' unique session ID for the purpose of managing user session on the website. The cookie is a session cookies and is deleted when all the browser windows are closed.
viewed_cookie_policy11 monthsThe cookie is set by the GDPR Cookie Consent plugin and is used to store whether or not user has consented to the use of cookies. It does not store any personal data.
Functional
Functional cookies help to perform certain functionalities like sharing the content of the website on social media platforms, collect feedbacks, and other third-party features.
Performance
Performance cookies are used to understand and analyze the key performance indexes of the website which helps in delivering a better user experience for the visitors.
Analytics
Analytical cookies are used to understand how visitors interact with the website. These cookies help provide information on metrics the number of visitors, bounce rate, traffic source, etc.
Advertisement
Advertisement cookies are used to provide visitors with relevant ads and marketing campaigns. These cookies track visitors across websites and collect information to provide customized ads.
Others
Other uncategorized cookies are those that are being analyzed and have not been classified into a category as yet.
GUARDAR Y ACEPTAR
Funciona con CookieYes Logo